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Secretaría de CNE ofició al Presidente Guillermo Lasso que presente descargos a pedido de revocatoria del mandato

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Secretaría de CNE ofició al Presidente Guillermo Lasso que presente descargos a pedido de revocatoria del mandato

La secretaría general del Consejo Nacional Electoral (CNE), el 2 de junio, admitió a trámite el procedimiento para la entrega de formularios de revocatoria del mandato del presidente de la República, Guillermo Lasso, presentado por la ciudadana Kerly Carvajal Ordóñez.

El documento suscrito por Santiago Vallejo, secretario general del CNE, otorga siete días, contados a partir de la notificación, para que el primer mandatario impugne la solicitud en forma documentada, de considerarlo pertinente.

Luego de ello, la secretaría realizará el informe correspondiente para conocimiento del pleno del Consejo Nacional Electoral y será esta instancia quien determinará si autoriza o no la entrega de los formularios para la recolección de firmas.

 

El pasado 25 de mayo, el CNE recibió la solicitud de revocatoria de mandato en contra del presidente de la República, Guillermo Lasso Mendoza, presentada por Kerly Carvajal, constante en 46 hojas y sus anexos en 48 hojas.

La normativa sobre revocatoria de mandato señala que la secretaría general del CNE o de las delegaciones provinciales receptará las solicitudes para la iniciativa popular normativa, consultas populares, referéndum o revocatoria de mandato, verificarán si la documentación entregada cumple con las formalidades establecidas y no se admitirá a trámite mientras no se corrija.

 

La secretaría del CNE verificó que la documentación recibida por parte de Kerly Carvajal cumple con las formalidades establecidas en el artículo 14 del reglamento para el ejercicio de la democracia directa a través de la iniciativa popular normativa, consultas populares, referéndum y revocatoria del mandato. Estos requisitos son:

  • Copia de cédula de identidad del proponente.
  • Se adjunta el plan de trabajo de la autoridad cuestionada debidamente certificado por el Consejo Nacional Electoral. (I)

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