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La Constitución no otorga atribuciones al legislativo para levantar el sigilo bancario, como pide el informe sobre los papeles de Pandora

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La Constitución no otorga atribuciones al legislativo para levantar el sigilo bancario, como pide el informe sobre los papeles de Pandora

Ni la Constitución ni la Ley Orgánica de la Función Legislativa otorga facultades a la Asamblea Nacional para levantar el sigilo bancario, como lo plantea el informe de la Comisión de Garantías Constitucionales en las recomendaciones que formuló tras la investigación de los Pandora Papers.

La tercera recomendación del informe de la mesa de Garantías, aprobado el pasado 5 de noviembre con seis votos de Pachakutik y Unión por la Esperanza (UNES), señala que “de conformidad con la Ley Orgánica de la Función Legislativa, el pleno de la Asamblea apruebe una resolución mediante la cual se levante la reserva de toda la información que ha sido catalogada como reservada por las instituciones del Estado relacionadas a las transacciones, patrimonio e investigaciones en curso, vinculadas a Guillermo Lasso y vinculados. Asimismo, que el pleno de la Asamblea comunique a todas las instituciones del Estado que el presidente de la República ha renunciado públicamente y por escrito al sigilo de sus cuentas. En ese sentido, el pleno de la Asamblea Nacional otorgará un plazo de 48 horas a todas las instituciones del Estado para que entreguen la información a la Asamblea Nacional”.

Esta recomendación para los asambleístas Wilma Andrade (ID), Ricardo Vanegas (Pachakutik), Virgilio Saquicela (BAN) y Esteban Torres (PSC) no tiene sustento constitucional ni legal.

Wilma Andrade explicó que una mesa legislativa puede recomendar lo que sea en su informe al pleno, pero hay una condicionante para que eso pase, esto es, que tenga base legal. Recalcó que ningún informe es vinculante.

Recordó a los legisladores que el sigilo bancario está levantado desde que se posesiona un funcionario público y presenta su declaración juramentada de bienes. Y justamente, el presidente de la República, en su declaración ante la Contraloría General del Estado ha señalado que se deshizo de las inversiones y fideicomisos en los que él era parte antes de ser candidato presidencial.

Por lo tanto, el sigilo está levantado, pero la Asamblea Nacional no tiene esa atribución de levantarlo para ningún ciudadano, sino la Fiscalía, y menos pretender que se abran las cuentas de Lasso antes de ser candidato presidencial.

Saquicela, en tanto, precisó que es improcedente que la Comisión de Garantías recomiende que desde el pleno de la Asamblea Nacional se levante el sigilo bancario de las cuentas del primer mandatario, cuando la Función Legislativa no es juez ni fiscal.

Solo la justicia ordinaria a través de la Fiscalía y de los jueces correspondientes podría disponer a las entidades de control como la Superintendencia de Bancos de que se levante o se proporcione la información, mientras tanto, opera la reserva.

“La Asamblea no tiene esa facultad ni la potestad legal ni constitucional para acoger esa recomendación formulada por la mesa que investigó los Pandora Papers”, insistió Saquicela.

Vanegas señaló que la Asamblea Nacional no tiene la competencia de pedir que se levante la información sobre los movimientos bancarios de un ciudadano, porque no es juez.

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“Nosotros no podemos pedir a la Superintendencia de Bancos, al Servicio de Rentas Internas y a la Fiscalía que nos entregue una información que por su naturaleza todavía es reservada, y los funcionarios de esas entidades no están obligados a hacerlo, porque estarían violando la Ley”, aclaró Vanegas.

Por lo tanto, insistió el legislador de Pachakutik en que es inoportuno también que en el informe sobre los Pandora Papers se proceda al enjuiciamiento político a quienes se negaron a entregar información que aún es reservada porque está en indagación fiscal.

La Comisión de Garantías Constitucionales en la sexta recomendación señala que “de conformidad con el artículo 131 de la Constitución de la República, luego de la observancia del trámite correspondiente, se proceda al enjuiciamiento político de las autoridades que no comparecieron y/o no facilitaron la información requerida por parte de la Comisión de Garantías Constitucionales, Derechos Humanos, Derechos Colectivos e Interculturalidad, dentro del presente proceso de investigación”.

Esteban Torres, coordinador del bloque del PSC, ratificó que la posición de su partido es clara respecto al informe presentado sobre el caso Pandora Papers, y considera que sus recomendaciones no se ajustan a lo que es un proceso de control político en la Asamblea Nacional, por eso rechaza varias de las conclusiones.

La única que se adecua a lo que es una tarea de control político, añadió Torres, es que si se llegase a encontrar información relevante sobre algún tipo de conducta del presidente de la República que tenga que ser revisada por la Fiscalía o Contraloría, debe enviarse la documentación a esos organismos de control.

Afirmó que la Función Legislativa no tiene nada que ver con el tema del sigilo bancario, eso le corresponde a la justicia, y además todos los funcionarios públicos, incluidos los asambleístas, ponen una declaración expresa a la Contraloría, al inicio de la gestión, levantando el sigilo cuando cualquier autoridad así lo estime. (I)

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